Al no ser regulados legalmente, no contienen obligaciones impositivas, el Gobierno no puede pechar sus operaciones.; sin embargo, como persona natural, al hacer tu declaración patrimonial, el producto de esas transacciones debes colocarlo, bien sea en el caso de ganancias o pérdidas se declaran a 0 los impuestos del bitcoin.
En España, las instituciones tributarias no gravan la compra de bitcoins, porque se considera un pago de servicios y por lo tanto, no pagas el IVA. Si es el caso, de intercambio por otra moneda, queda sujeto el pago de impuesto, al valor y la condición que ocupe en la declaración de renta (ganancia o pérdida).
La actividad de la minería en España; el minero, es considerado un empresario y por la condición del Bitcoin se reconoce como medio de pago; está exento de pagar Iva, pero obligatoriamente tiene que hacer una declaración trimestral de este rubro.
En todo caso, recomendamos mantenerse alerta sobre cualquier modificación o nuevas legislaciones, en materia tributaria y en general cualquiera, que regule la actividad del Bitcoin, sobre todo en los países involucrados en la operación que se realiza o pretende realizar.
Tendencias, comportamientos y regulaciones del Bitcoin, en los países de habla hispana y Latinoamérica